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El Órgano de Solución de Diferencias (OSD), en su reunión celebrada el 18 de diciembre, aceptó la solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por Indonesia. (foto OMC)

Indonesia presentó su segunda solicitud de establecimiento de un grupo especial para examinar la imposición por la Unión Europea de derechos antidumping a los ácidos grasos procedentes de Indonesia. La UE dijo que no estaba dispuesta a aceptar la primera solicitud de Indonesia para el establecimiento de un grupo especial en una reunión del OSD celebrada el 25 de noviembre. Indonesia reiteró su derecho a proteger sus intereses nacionales e instó a la UE a poner sus medidas en conformidad con las disposiciones de la OMC.

La Unión Europea dijo que lamentaba la decisión de Indonesia de presentar su segunda solicitud, afirmando que creía firmemente que las medidas estaban justificadas y que confiaba en que prevalecería en la diferencia. La UE también dijo que estaba dispuesta a preservar la disponibilidad de la revisión en apelación en esta diferencia a través del mecanismo de apelación provisional multipartita, una medida contingente para salvaguardar el derecho a apelar en ausencia de un Órgano de Apelación en funcionamiento.

El OSD acordó el establecimiento del grupo especial. El Brasil, el Japón, el Canadá, Australia, China, los Estados Unidos, el Reino Unido, Turquía y la Federación de Rusia se reservaron sus derechos como terceros a participar en los procedimientos.

Designaciones en el Órgano de Apelación

Colombia, hablando en nombre de 130 miembros, presentó por 82.ª vez la propuesta del grupo de iniciar los procesos de selección para cubrir las vacantes en el Órgano de Apelación. El gran número de miembros que presentaron la propuesta refleja un interés común en el funcionamiento del Órgano de Apelación y, de manera más general, en el funcionamiento del sistema de solución de diferencias de la OMC, dijo Colombia.

Los Estados Unidos dijeron una vez más que no apoyaban la decisión propuesta. Los Estados Unidos dijeron que elogiaban la cantidad sustancial de trabajo que se había realizado en la reforma de la solución de diferencias, pero lamentaban que los miembros no aprovecharan esta ventana de oportunidad para lograr una reforma fundamental, que es un punto de partida necesario en el proceso para restablecer la confianza dentro de los Estados Unidos en el sistema de solución de diferencias.

Los Estados Unidos dijeron que no tenían confianza en el funcionamiento del antiguo sistema de solución de diferencias a la luz de la extralimitación sin control del Órgano de Apelación y los grupos especiales posteriores, y que las exigencias de la restauración del Órgano de Apelación socavaban los esfuerzos colectivos de reforma.

Veinticuatro miembros tomaron la palabra para hacer comentarios. Muchos de los oradores subrayaron la importancia de contar con un sistema de solución de controversias de dos niveles que funcione plenamente y lamentaron que los miembros no pudieran cumplir con el mandato establecido por los ministros en las 12.ª y 13.ª Conferencias Ministeriales de cumplir con este mandato en 2024.

Muchos también acogieron con beneplácito los avances logrados en los debates sobre la reforma y agradecieron a la ex embajadora Usha Dwarka-Canabady de Mauricio por actuar como facilitadora de los debates formales durante los últimos seis meses. También acogieron con beneplácito la propuesta del Presidente del Consejo General de iniciar consultas con las delegaciones interesadas a principios del próximo año para escuchar opiniones sobre cómo aprovechar los avances logrados de una manera que permita avanzar aún más en la labor de reforma del sistema de solución de controversias.

Colombia dijo en nombre de los 130 miembros que lamentaba que, por 82.ª ocasión, los miembros no hayan podido iniciar los procesos de selección. Colombia dijo en nombre del grupo que las conversaciones en curso sobre la reforma del sistema de solución de diferencias no deben impedir que el Órgano de Apelación siga funcionando plenamente, y que los miembros deben cumplir con su obligación en virtud del Entendimiento sobre Solución de Diferencias de cubrir las vacantes que se produzcan.

El Presidente del OSD, Embajador Saqer Abdullah Almoqbel de Arabia Saudita, concluyó agradeciendo a la ex Embajadora Dwarka-Canabady, así como a sus coorganizadores por “dirigir brillantemente” las discusiones técnicas sobre la reforma de la solución de diferencias. Esto permitió que el trabajo sobre las cuestiones de apelación/revisión, accesibilidad y “trabajos realizados hasta ahora” tomara forma y avanzara, dijo. Sus contribuciones, junto con el arduo trabajo y la dedicación de los expertos técnicos de los miembros, han establecido una base y una estructura sólidas para tener un sistema de solución de diferencias que funcione plenamente y sea accesible para todos los miembros, agregó el Presidente.

Vigilancia de la aplicación

Australia presentó un informe sobre la situación de la aplicación de la resolución del grupo especial en el caso DS603, planteado por China, “Australia — Medidas antidumping y compensatorias sobre determinados productos procedentes de China”. Australia dijo que el 6 de diciembre había proporcionado a los miembros un informe sobre la situación de sus esfuerzos de aplicación y que el 9 de diciembre el Ministro de Industria y Ciencia de Australia firmó un aviso en el que declaraba que las medidas antidumping aplicables a los fregaderos de acero inoxidable embutidos importados de China se revocarían con efecto a partir del 25 de junio de 2024. Con esto, Australia ha completado la aplicación de la resolución en la diferencia DS603, dijo.

China dijo que acogía con agrado la acción de Australia y que este caso ponía de relieve el papel fundamental del mecanismo de solución de diferencias de la OMC para ayudar a los miembros a resolver sus diferencias comerciales de forma amistosa y defender el sistema de comercio multilateral basado en normas en general.

Los Estados Unidos presentaron informes de situación con respecto a los asuntos DS184, “Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Japón”, DS160, “Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos”, DS464, “Estados Unidos — Medidas antidumping y compensatorias sobre lavadoras de gran capacidad para uso doméstico procedentes de Corea”, y DS471, “Estados Unidos — Determinadas metodologías y su aplicación a los procedimientos antidumping que afectan a China”.

La Unión Europea presentó un informe de situación con respecto a los asuntos DS291, “CE — Medidas que afectan a la aprobación y comercialización de productos biotecnológicos”.

Indonesia presentó sus informes de situación en los asuntos DS477 y DS478, “Indonesia — Importación de productos hortícolas, animales y productos animales”.

Otros asuntos

Malasia dijo que había estado en conversaciones con la Unión Europea sobre un período de tiempo razonable para que la UE implemente la resolución del grupo especial en el asunto DS600, “La Unión Europea y determinados Estados miembros — Determinadas medidas relativas al aceite de palma y a los biocombustibles basados ​​en cultivos de palma aceitera”.

Malasia dijo que había acordado con la UE un período de tiempo para que la UE garantice el cumplimiento de la resolución y que la fecha de finalización del período de tiempo razonable se comunicaría a los miembros a su debido tiempo. La Unión Europea señaló que estaba trabajando con Malasia para finalizar la comunicación y que trabajaría para resolver la disputa de acuerdo con las conclusiones del grupo especial.

Próxima reunión
La próxima reunión ordinaria del OSD tendrá lugar el 27 de enero de 2025.

Swisslatin / OMC Prensa (02.01.2025)